Esta pregunta ha tenido muchas (y a veces contradictorias) respuestas. La ciudadanía -junto a los derechos y obligaciones asociados a ésta- fue distinta y correspondía a ciertos sujetos (por supuesto dejando fuera a otros) según el momento histórico y el modelo político.
¿Y qué es un ciudadano en Argentina 2011, año electoral por si fuera poco? Veamos y discutamos.
Se me ocurre que para Macri, por ejemplo, un ciudadano es claramente un contribuyente (y cuando digo Macri me refiero a todo el pensamiento político que él representa, que es mucho, pero mucho más amplio que la cantidad de gente que lo vota).
Entonces, cuando la ciudadanía se reduce a la condición de contribuyente, esta adquiere un carácter condicionado y necesariamente diferencial. Primero, porque quedan afuera todos los que no tienen capacidad de pagar/contribuir/tributar o cuantos sinónimos y eufemismos se usen para esto. Si los derechos y obligaciones que vienen con la ciudadanía dependen del “tributo”, pues entonces lo más probable es que se generen circuitos diferenciales de “ejercicio ciudadano”. La famosa frase “tengo derechos porque pago mis impuestos”, es una forma de reducir la ciudadanía a la posibilidad que tenga un sujeto como aportante. Esta sería una especie de “ciudadanía mercantilizada”, porque los derechos se incluyen en una lógica de mercado, donde se es ciudadano según se aporta, en tanto capacidad que legitima el consumo de “lo público”. El ciudadano es, por ende, un consumidor.
Un ejemplo claro de esto lo podríamos tener en las declaraciones de Macri refiriendo al uso de los hospitales públicos por parte de “gente que no es de la ciudad”; a su política de privatización de espacios culturales, a expresiones de sus funcionarios respecto a la necesidad de privatizar la escuela pública, y tantas otras declaraciones infelices que tuvimos que escuchar desde que gobierna la Ciudad.
Los servicios públicos deben ser para “quienes los sostienen con sus impuestos”, despojando la idea de lo público de cualquier asociación al ejercicio de derechos.
Otra forma de concebir la ciudadanía es aquella que la asocia en términos de beneficio, que sería la contracara de la anterior. Se basa en una idea que viene desde los 90, pero que aún sigue vigente en muchas expresiones de dirigentes políticos. La idea de beneficiario se sostiene en la necesidad de “políticas focalizadas”, que no apuntaban a ampliar o exigir derechos igualitarios para toda la ciudadanía, sino a “cubrir” en términos paliativos aquellas urgencias que dejaban a la porción más pobre de la población fuera de la satisfacción de necesidades básicas. Para esta concepción incluir a los ciudadanos a través del acceso a derechos básicos (como comida, atención sanitaria y escolar) no planteaba la distribución de recursos para lograr la inserción de estos sujetos como ciudadanos plenos. La propia denominación “beneficiarios” subordina a estos sujetos a una posición pasiva de receptores, dejándolos prácticamente sin capacidades o posibilidades para decidir, intervenir, organizarse o tomar responsabilidades en relación con el ejercicio pleno de derechos. Los beneficiarios no son “sujetos” de las políticas de Estado, sino “objeto” de las mismas. Dicho de otra forma, estas políticas focalizadas no apuntaban a incluir a los beneficiarios sino a otorgar, en el mejor de los casos, una ciudadanía "tutelada", que supone un receptor pasivo de "lo que hay".
Ejemplos de estas políticas pueden encontrarse en aquellas que se expandieron en la provincia de Buenos Aires durante la gobernación de Duhalde (aún muy vigentes en municipios cuyos caudillos, coquetean en su mayoría con el "Peronismo" Federal), muchas de ellas estructuradas en base al manejo discrecional de repartos punteriles (sirvan como ejemplo los bolsones de alimentos) que requerían la demostración explícita del carnet de pobreza, y dejaban al receptor sin posibilidad de intervenir.
Y por último, la concepción que vincula la condición de ciudadano a la de sujeto de derecho. En principio se diferencia de las dos anteriores porque no se define por la clase social. En segundo lugar, lleva implícita la capacidad de agencia (el poder hacer) del ciudadano y conlleva las responsabilidades asociadas al ejercicio de los derechos.
El sujeto de derecho concibe a la ciudadanía como una condición dinámica, dentro de un campo de conflicto social permanente, ya que su alcance y definición se incluyen en la disputa política y económica por la distribución de los bienes sociales. Los derechos asociados a la ciudadanía también son dinámicos, en tanto no son "gentilmente"concedidos, sino que se construyen y son fruto de la organización popular , implicando muchas veces luchas sociales. Estos derechos conquistados definen los alcances de la ciudadanía en un momento histórico, y son los sujetos de derechos quienes pueden pugnar por ejercerlos, exigirlos y expandirlos.
Quienes apostamos a la construcción de un modelo Nacional y Popular sabemos (como lo supieron quienes hicieron de la ampliación de derechos una política de Estado) que necesitamos ciudadanos que sean sujetos de derecho. Que accionen en pos de sus reivindicaciones sociales y sean responsables de las decisiones que pueden tomar en el ejercicio de su ciudadanía.
Por eso el voto femenino. Por eso los derechos del trabajador. Por eso la moratoria previsional, para los trabajadores sin aportes o con aportes insuficientes. Por eso la AUH, para los hijos de los trabajadores desocupados. Por eso la ley de matrimonio igualitario. Por eso la educación sexual integral en las escuelas.
Creo que no es difícil notar las diferencias de concepción entre estas políticas y las anteriormente mencionadas. Así como tampoco es tan difícil notar la diferencia entre quienes conciben al ciudadano como contribuyente/aportante/tributario, como beneficiario o como sujeto de derecho. Y son diferencias importantes compañeros, sustanciales, políticas.
Y por eso a seguir por todo lo que nos falta, pero en ese sentido, siendo y asumiendo que todos los ciudadanos somos sujetos de derecho.